Enmienda XXVIII ( Amendment 28-) Matrimonio significara de ahora en adelante el contrato matrimonial entre un hombre y una mujer solamente y sin excepción.
Cualquier otra relación contractual entre un hombre y otro hombre y/o una mujer y otra mujer se entenderá como una sociedad de parejas. No conllevara beneficios del seguro social, ni derechos de herencia.
Toda unión celebrada bajo la Decisión del Tribunal Supremo del año 2015 se regirá por esta enmienda y pasaran a ser sociedad de parejas y cesaran los beneficios del seguro social y no tendrán derechos a herencias.



